Los permisos y licencias de los bares y terrazas

Continuando con las viabilidades legales de los bares (como elemento de su éxito) revisemos ahora los permisos o licencias.

semaforo copia DIGITALComo en todo negocio, en los bares hay algunas normas que cumplir. En el desarrollo de proyectos, como montar un bar, hay un conjunto de permisos públicos necesarios para operar.  Los permisos sociales y también familiares los veremos más adelante.

Para explicar mejor las licencias o permisos legales aclaremos algunos términos.

Partamos por decir que en España (que es el mercado de referencia que usaremos), para saber qué pasos y normas tienes que cumplir antes de montar un negocio, se suele hablar de «licencias y trámites», «trámites», o «gestiones» para iniciar una empresa.

No obstante, algunos pasos de la gestión de abrir una empresa son netamente comerciales, como elegir y alquilar el local, en cambio otros son de organización legal. Los relativos al cumplimiento de normas relacionadas con los poderes públicos (en especial ayuntamientos), son un tipo especial de trámites, referidos a licencias de funcionamiento o de apertura, según el sector de actividades de que se trate. Y una licencia es un permiso o autorización para hacer algo. En general se habla de licencia como una especie de permiso.

800px-HK_Central_擺花街_Lyndhurst_Terrace_sidewalk_restuarant_bar_table_n_chairs_n_tender_Oct-2011En principio existe libertad para desarrollar cualquier actividad empresarial según dispone la Constitución (como es principio general en los Estados democráticos modernos). No obstante, las cosas no son tan simples en el día a día y siempre hay reglas establecidas para las distintas actividades económicas, y los bares no son la excepción. Ten en cuenta que en los bares, cafés y bistrós se venden alimentos y bebidas alcohólicas que al estar destinadas al consumo humano deben cumplir con ciertas condiciones mínimas. El alcohol, por su parte, tiene regulación como sustancia a través de normas sobre drogodependencia, al igual que el tabaco y las máquinas «tragaperras», por lo que los negocios relacionados con su venta están regulados. Ese es el panorama general.

¿Qué son las licencias o permisos y por qué debo tenerlos? Los permisos son autorizaciones para operar como empresario del sector hostelero, otorgados por órganos públicos. Esencialmente están para atenuar las «externalidades negativas» de un bar, es decir, efectos negativos para la sociedad (como el ruido, olores, enfermedades, humo, desprotección de trabajadores, etc.).

Los permisos pueden ser también denominados licencias cuando están específicamente referidos a ciertos requisitos de apertura, construcción (para evitar contaminación acústica), horarios de funcionamiento, manipulación de alimentos, venta de alcohol a menores de edad, uso de espacios públicos como terrazas, salud pública, etc.

¿Dónde solicito los permisos para funcionar? Como te anticipábamos, en España las normas estatales están derogadas desde 2010 y333px-Ayuntamiento_de_Madrid actualmente rigen las normativas autonómicas y locales que dicen qué está permitido y prohibido hacer, y qué cosas son obligatorias. Otras materias, como las fiscales o de permisos de venta de tabaco son de carácter estatal.

Por eso, en términos prácticos, lo más aconsejable siempre es concurrir al ayuntamiento donde esté situado el local respectivo. Constituye la unidad administrativa que mayor contacto directo tiene con los dueños de cafeterías y bares. Si tienes más de un local, las reglas aplicables a cada uno de ellos será diferente según el lugar, así se trate de sitios dentro de España o en el extranjero.

Este trámite es imprescindible y previo a la apertura del bar e incluso previo al contrato de alquiler, para que no te quedes con un local sin poder explotar.

contrato3-200x152Tipos de licencias a solicitar en el ayuntamiento. Dentro de las competencias legales, y partiendo de la base de la libertad de empresas, los ayuntamientos son las entidades que cuentan con mayor infraestructura para aportar el listado de permisos necesarios. Y cada uno de ellos tiene su propia normativa. No celebres un contrato de alquiler o de compra para montar un bar hasta que no tengas claros los requisitos que el ayuntamiento específico exige para tu bar o fírmalo sujeto a la condición de que te otorguen los permisos. El dueño debe asegurarte que el local es apto para la actividad. Si por causas propias del local no te dan la licencia podrías dejar sin efecto el contrato. Puede que las obras sean tan costosas que no sea rentable el negocio o bien que no sea posible llevarlo a cabo. Verifica previamente este aspecto, considerando que las normas tienden a cambiar.

Tipos de bares de acuerdo a los permisos. Como cada Comunidad Autónoma y sus respectivos ayuntamientos tienen normas  diferentesrestaurante_en_madrid_96635218647384948 en materia de bares, existen varios tipos de criterios para clasificarlos. Así para saber qué permisos se exigen en cada lugar dependerá del tipo de establecimiento que quieras montar. Los ejemplos van desde una clasificación muy simple, que distingue entre la alternativa de restaurantes o bares-cafeterías (como en las Canarias o Islas Baleares), hasta clasificaciones más complejas, que distinguen muchos tipos de establecimientos, como la aplicable para los bares del municipio de Madrid.

Un estándar básico de permisos es el siguiente:

(a) Licencia de obras: Consiste en el permiso para ejecutar obras. Generalmente es el constructor quien lleva a cabo la tramitación, aunque nada impide que lo hagas por ti mismo.

(b) Certificado de compatibilidad urbanística.

(c) Licencia ambiental: Consiste en la autorización de funcionamiento según criterios medio ambientales aplicables a bares.

(d) Licencia de actividad (también llamada «licencia de apertura» o «de funcionamiento»): Es un documento emitido por el ayuntamiento respectivo que certifica que un local cumple con los requisitos exigidos para el funcionamiento de un bar, cafetería, o taberna (que es el destino comercial) desde los puntos de vista urbanístico, higiénico, ambiental y de seguridad. Es exigible su exhibición mediante cartel identificativo según la normativa aplicable. Ten en cuenta que no todos los ayuntamientos tienen el mismo concepto de «bares y cafeterías» pues muchos subdistinguen varias especies, como el ayuntamiento de Madrid.

Cuando haya  venta al público o se produzcan molestias o riesgos para los vecinos la licencia es obligatoria. Se otorga para un local y para uno (o varios) titular(es). Es intransferible, lo que significa que si el negocio cambia de propietario, es necesario pedir un cambio de titularidad al ayuntamiento.

Aunque la terminología puede variar según los ayuntamientos, en general se diferencian dos clases de actividades: las inocuas  y las calificadas.

– Las actividades inocuas son aquellas que no causan mayores molestias ni riesgos, y por este motivo los requisitos suelen ser simplificados.

– Las actividades calificadas son aquellas que, por estar consideradas como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, requieren adoptar medidas correctoras sanitarias de seguridad y/o medioambientales. Para ello, en sus tramitaciones, se emiten informes municipales urbanístico, industrial, sanitario, medioambiental y jurídico. Por ejemplo, un bar (por el ruido que ocasiona)  queda en esta categoría.

(e) Algunos antecedentes necesarios para el otorgamiento de la licencia: Pueden variar según cada ayuntamiento y generalmente son:

– Proyecto o de Memoria Técnica que describa la instalación y a la actividad, junto con los planos procedentes redactada por técnico competente.

– Certificado del técnico competente, acreditativo de que las instalaciones del local, recinto y establecimiento se han realizado bajo su dirección, ajustándose a las condiciones y prescripciones de la previa licencia municipal correspondiente, así como a las previstas en la Ley y demás normativa de aplicación.

– Plan de revisiones periódicas por entidad competente designada por el titular, para los equipos de protección contra incendios, ajustado a lo exigido en las condiciones de mantenimiento y uso por la normativa específica de aplicación.

– Plan de emergencia según las normas de autoprotección en vigor.

– Contrato de seguro, en la cuantía mínima vigente en cada momento, que cubra los riesgos de incendio del local o instalación, y de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros, derivados de las condiciones del local, de sus instalaciones y servicios, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en el mismo.

– Ficha técnica del local o establecimiento.

24_food-hygiene2(f) Autorización para manipulación de alimentos y venta de comidas preparadas para su consumo en el establecimiento: Corresponde a la Autoridad de Salud Pública del lugar respectivo. Toda la regulación del carnet o certificado de manipulador de alimentos está recogida en el documento de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (http://www.aesan.msc.es/). Un manipulador de alimentos es toda persona que por su actividad laboral tiene contacto directo con los alimentos durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio.

Según la normativa vigente, es el empresario el responsable de que todo el personal empleado disponga de la formación necesaria para la correcta manipulación de alimentos.

(g) Autorización para venta automática de tabaco: Otorgado por el Comisionado para el Mercado de Tabacos. Duran tres años renovables.

Terrazas¿Qué se necesita para abrir una terraza? Si bien son accesorias al bar, como elemento principal, requieren por regla general untumblr_inline_mmcvsqR5Rk1qz4rgp permiso extra a la licencia principal. Incluso se regulan en Ordenanzas distintas porque se refieren al uso de suelo público. Los pasos generales son:

– Solicitar su permiso de apertura al ayuntamiento, mediante la complementación del impreso correspondiente.

– Aportar la licencia de apertura del local.

– Aprobar una inspección para ver la zona donde se quiere ubicar la terraza y conceder o denegar el permiso. Se valorara si es factible o no, si el negocio está ubicado en una vía de acceso público.

– Los precios del uso del suelo público variarán dependiendo de la ciudad, el número de sillas y mesas y el tiempo que lo solicites.

– El ayuntamiento informará a los interesados de la tramitación, plazos de concesión del permiso y precio del mismo.  Las condiciones varían (a veces se prohíben sillas de plástico) y pueden ser más o menos flexibles (como la actual Ordenanza de Madrid, que es más «liberal»).

En próximas entradas seguiremos profundizando en las viabilidades. Que tengais un muy buen verano en el hemisferio Norte y un invierno saludable en el Sur.

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Imágenes: Wikicommons

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22 respuestas a Los permisos y licencias de los bares y terrazas

  1. Una información interesante y útil para los profesionales de este sector. Sin duda hay una gran cantidad de temas legales a tener en cuenta. Saludos.

  2. jose dijo:

    Quería saber si en Madid capital se puede poner terraza en la calle no en la acera en la zona de aparcamienta

  3. CM INGE2 dijo:

    Hola a todos,
    Soy del Estudio INGE2 (Arquitectura e Ingeniería) y nos especializamos en Proyectos de obra, Instalaciones y Licencias de apertura de locales comerciales. Tenemos mucha experiencia en Bares y les podemos asesorar sobre la compra o alquiler de un local comercial ANTES de adquirirlo. Hay muchos reglamentos impuestos por la comunidad autónoma correspondiente que deben saber. Por cualquier información o presupuesto no dude en comunicarse con nosotros en nuestra web: INGE2.com. Sin más me despido de ustedes y espero, que en un futuro no muy lejano, podamos estar colaborando mutuamente.

    PD: Gracias por dejarme postear en su página.

    • carlos dijo:

      Hola soy arquitecto técnico y estoy interesado en aprender a hacer licencias de locales,si me pudieran enseñar o pudiera trabajar con ustedes se lo agradecería,muchas gracias.

  4. pako dijo:

    Hola, me ha gustao y quería pedirte un favor,
    Tengo la posibilidad de local en polígono industrial del pueblo
    No tendríamos que coger coche, casi imposible que se oiga creo, por lo que nada de molestias a vecinos,
    He hablao con el Ayto, y me piden una descripción de lo que quiero montar
    ¿alguna idea ? muchas graciad

  5. Verónica dijo:

    Hola a todos, necesito ayuda,me arruine al pagar 30.000 euros en un disco bar ,la licencia de disco bar estaba a nombre de los antiguos alquilados,la licencia no está a nombre de los propietarios de dicho local,me pareció interesante alquilarlo yo, ya que en este municipio es difícil tener esa licencia que permite tener un horario mayor que el resto de los bares de alrededor y poder tener música a volumen mayor que el resto,los antiguos alquilados me piden 30.000euros y a cambio la titular de la licencia sería yo, acedo y firmo un contrato como de traspaso,desde el ayuntamiento de esta localidad me informan que pasara un operario para dar el visto bueno sobre el local y instalaciones ,pasaron y me dieron la licencia de disco bar ya que todo estaba en condiciones,sorpresa la mía, cuando los vecinos de encima de dicho local me llaman la atención por tener la música alta y me dicen que estaban hartos de los anteriores alquilados y que no me permitirían tener la música al sonido permitido con dicha licencia yo comento que tengo esa licencia y el visto bueno del ayuntamiento y todo esta en como exigen en este tipo de negocios,sorpresa la mía cuando aparecían agentes del orden a obligarme a quitar la música ,en varias ocasiones les comenté q todo esta en orden cuando me dieron la licencia dicho ayuntamiento,intente explicarlas que yo no quitaba la música cuando era un negocio y tenía la licencia en orden de dicho ayuntamiento,sorpresa la mía cuando de malas maneras me obligan a quitar la música por que molestaba a los vecinos,en varias ocasiones intente explicarlas que yo estaba en todo mi derecho y con conformidad y visto bueno del ayuntamiento ,en repetidas ocasiones me obligaban a quitar la música por que molestaba a dichos vecinos y amenazando me q si no apagaba la música me denunciarían por desacato a la autoridad,durante dos años intente por todos los medios de poder tener clientela para poder pagar los 30000euros ,perdí salud malos tratos y me endeude aún más ya que no podía pagar el alquiler a los propietarios pagar luz etc los clientes no entraban ya que venían a bailar y escuchar música, cosa que no podía ponerla ya que molestaba a los vecinos,me siento engañada mal tratada y arruinada ya que no pude recuperar el dinero y me querían embargar asta mi casa, ya no soy la misma persona ya que la gente que me presto el dinero me exigían el dinero y en el tiempo acordado en dicho contrato,que puedo hacer para recuperar ese dinero?a quién tengo que denunciar??? Podré recuperar ese dinero de alguna manera??? Necesito ayuda gracias a todos y tener muchísimo cuidado

    • Nolan dijo:

      Pero hija mía, explícale tu problema a un abogado, mejor que él nadie. Cómo mínimo el ayuntamiento tiene alguna responsabilidad subsidiaria.
      Suerte.

    • Nico dijo:

      Siempre puedes renovar las ideas del negocio montado en el local. Si está en buenas condiciones, sin necesidad de obras, puedes convertirlo en vez de un bar-disco en otra cosa semejante a un bar-snooker (de billares) por ejemplo. Así aprovechas el espacio que se destinaba a los bailes a actividades de ocio. Solo es una idea. Podría ser un bar-disco-snooker hasta las X horas, y a partir de un cierto horario cerrando la parte de los bailes y dejando abierto el snooker, bajando volumen de musica por supuesto. La clientela seguiria viniendo por los bailes, y despues de ello tenría la oportunidad de hecharse unos billares.

  6. luis dijo:

    Es obligado si abres a las 5 de la mañana un bar tener aparcamiento propio opara los clientes

  7. Miguel Yervantes dijo:

    Hola buen día, estoy interesado en abrir un negocio de comida mexicana en Madrid, mi idea es abrir desde la mañana hasta antes de las 12 de la noche. Que tan bueno seria invertir el próximo año?

    • Depende. La ubicación del sitio te dará una idea. Si tu duda es por la crisis, el riesgo de invertir en un restaurante está relacionado con varios factores, como tu conocimiento del negocio, gastos fijos, tus espaldas, la situación del local, distintividad de tus productos, apoyo de las marcas, negociación con proveedores, etc. Si no estás seguro, busca otros nichos donde invertir.Sobre todo en algo que conozcas. mucha suerte, saludos ESEB

  8. javi0l00 dijo:

    Hola, tengo un bar en Madrid el cual tiene dos plantas con dos salidas diferentes, estaba interesado en poner una terraza en la planta baja pero no me dejan porque la calle es muy transitada y no hay suficiente anchura en la acera, por lo que estoy intentando ponerla en la segunda planta que tiene una salida a un parque público, no tengo vecinos y creo q no molesto a nadie, pero el ayuntamiento no me da facilidades incluso haciéndome yo responsable del mantenimiento del parque.
    Alguna idea para poder conseguirlo? alguien en mi misma situación que haya conseguido algo?
    Gracias.

  9. erickson dijo:

    hola, he entrado por casualidad, yo tenia este problema y dudas sobre la terraza, las dimensiones etc desde hace un par de años, y me lo gestionó todo una empresa de Madrid que se dedican a la fabricacion e instalacion de terrazas en restaurantes y estoy encantado, me ha subido la clientela muchisimo y los tramites me los gestionaron todo ellos en el ayuntamiento de la zona, yo solo fui 2 veces a firmar ya pagar las tasas, si quereis pongo aqui el telefono por si quereis pedirles presupuesto o aclarar alguna duda, un saludo.
    TOLDOS CALIFORNIA 917956239

  10. luis ceron dijo:

    Hola amigos, trabajo para la asociación de hosteleria de Madrid, La Viña, les podemos resolver cualquier duda sobre su negocio de Hosteleria a cualquier nivel.
    No duden en consultarme.
    lceron@hosteleriamadrid.com
    saludos

  11. Jose Antonio dijo:

    Requisitos para que te den licencia 24 horas en un bar.

  12. moreno dijo:

    Tengo un bar en el que asta ahora hacia musica en vivo los viernes pero me llegaron dos denuncias y no medan licencia para ello que puedo acer encima del bar vivo yo y en los laterales no ay nada me podéis asesorarme gracias

  13. m.jose dijo:

    me alquilaron un local para alimentación diciendo que tenía licencia para dicha actividad ,mi sorpresa fue descubrí que no tenía licencia y habia hecho ya una reforma del local , mas la fianza….ese local lleva funcionando 7 años y nunca ha tenido licencia
    Agradeceria saber que responsabilidad tiene la dueña de dicho local

  14. Vicente Montero Pellejero dijo:

    Es legal montar una taberna conjunta a una tienda de venta de jarapas, ceramica, y articulos de regalo. Los dos negocios en el mismo local.
    Gracias.

    • Hola buenas tardes Vicente yo creo que lo mejor que puedes hacer es preguntar en tu ayuntamiento pues segun de donde seas cada lugar tiene unas normas, aqui en España cada ciudad tiene su propio ayuntamiento y es quien sabe ese tipo de cosas si las puedes hacer o no. Realmente no se si es legal o no, lo mejor es que te informes en el lugar de donde eres y te dirijas a quien sea el responsable de esos tramites. Un saludo

  15. Elvira dijo:

    Muy buen artículo, pero ante todo, un buen plan de negocio, teniendo en cuenta todas las variables, es fundamental para que todo vaya según lo previsto. Es todo un reto abrir un restaurante ya sea desde cero o mediante un traspaso. Antes de llegar a este artículo, me leí este otro y deja bastante claro el proceso a seguir para elaborar un plan de negocio en condiciones:
    http://www.lacentraldelnegocio.com/como-hacer-plan-de-negocio-para-un-restaurante/

    Yo me inclino por el traspaso de negocio, pero eso depende de cada uno. Adjunto enlace a La Central en Barcelona, ellos me ayudaron: http://www.lacentraldelnegocio.com/negocios-tag/traspaso-restaurante-barcelona/

    Un saludo y gracias por la información!

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